El 1 de febrero de 2016 es la fecha límite para la adaptación total a la normativa SEPA
El 1 de febrero de 2016 es la fecha límite para la adaptación total a la normativa SEPA, sólo se podrá enviar los ficheros de cobros y pagos en formato XML y se sustituye los cuadernos C58 y C32 (productos nicho), por los productos SEPA.
Hasta Octubre de 2015 como máximo, las entidades deberían haber comunicado a sus clientes la solución técnica que les permita financiar adeudos SEPA.
Durante Octubre de 2015, Comunicación de la regla de uso por parte de las entidades a sus clientes.
A partir de noviembre de 2015 Incorporación de la regla de uso en la nueva versión de los folletos que se pongan a disposición del público con motivo de su adaptación a las nuevas versiones
Los cambios son:
- Anticipo de crédito (C58): Se deberá migrar a formato SEPA (C19 financiado). se deberán presentar las nuevas remesas en formato C19, para identificar que las mismas corresponden a remesas para su descuento se incluirá en las mismas el prefijo FSDD en el registro de cabecera del mensaje.
- Remesas de efectos (C32). Desaparece y no hay ningún formato que lo sustituya.
Además hay que recordar que la asociación española de banca (AEB) recomienda revisar las condiciones económicas firmadas con las entidades, tras esta nueva adaptación.